Supermercado Jumbo: Le cobran deuda millonaria

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Supermercado Jumbo: Le cobran deuda millonaria. La cadena de supermercados Jumbo propiedad de Cencosud deberá devolver millones de pesos a los usuarios de su tarjeta de crédito.

Supermercado Jumbo: Le cobran deuda millonaria. La sanción fue por cobrarle a los usuarios «Seguro de Vida sobre Saldo Deudor», «Seguro de Vida», o «Seguro de Vida de Invalidez total y Permanente», o «Seguro de Vida Colectivo».

Deberá devolver los montos cobrados.

Ninguno de los cuatro conceptos figuró de manera clara y explícita a la hora de consentir el uso de la tarjeta por parte de los usuarios. Y cuánto más abultado era el saldo deudor, más importante era el pago de seguros compulsivos.

El reclamo lo originó la Asociación de Defensa de Usuarios Usuarios y Consumidores (ADUC) a Cencosud ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 17 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Y llegaron a un acuerdo judicial por el cual Cencosud deberá compensar, en todo o en parte, los saldos adeudados de los clientes que registren mora en el cumplimiento de sus obligaciones.

Lamentablemente, es sólo para los adherentes de la Tarjeta Jumbo Más Versión 17 de los Contratos.

Durante una década, Cencosud cobró los seguros, embolsó el dinero, tuvo liquidez y ahora deberá devolver montos totales o parciales sin que se indique en base a qué actualización.

Por otro lado, Cencosud emitió un comunicado en el que indica que cada usuario de la tarjeta Jumbo Más podrá «apartarse» del acuerdo.

Esto significa que aquel que se adhiera, seguramente perderá la tarjeta y los beneficios, aunque no lo señala la multinacional.

Pero en el comunicado de prensa, Cencosud señala:

«En caso de silencio, éste será considerado como manifestación de voluntad de atenerse a las consecuencias del acuerdo», lo que suena claramente como una advertencia.

Y cita el Artículo 54 de la Ley de Defensa del Consumidor que establece: «Acciones de incidencia colectiva. El acuerdo deberá dejar a salvo la posibilidad de que los consumidores o usuarios individuales que así lo deseen puedan apartarse de la solución general adoptada para el caso. La sentencia que haga lugar a la pretensión hará cosa juzgada para el demandado y para todos los consumidores o usuarios que se encuentren en similares condiciones, excepto de aquéllos que manifiesten su voluntad en contrario previo a la sentencia en los términos y condiciones que el magistrado disponga.» 

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Anticipos Diario

 

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