Aeropuertos Argentina 2000: El Palomar será Aduana

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Aeropuertos Argentina 2000: El Palomar será Aduana. El Gobierno Nacional habilitó el Aeropuerto El Palomar como Zona Primaria Aduanera ya que están autorizadas las operaciones aéreas regulares internacionales de pasajeros, con carga y correo.

Aeropuertos Argentina 2000: El Palomar será Aduana. Las Zonas Primarias Aduaneras son aquellas que realizan «operaciones con materiales de recepción, almacenamiento y movilización de mercancías que entran o salen del país, donde la autoridad aduanera ejerce sin restricciones su potestad de control y vigilancia».

Atención: esto no significa que van a bajar aviones de carga de mercaderías, los que no existen. Significa que al salir o ingresar al país, deberá pasar por la Aduana que a partir de hoy estará habilitada en el Aeropuerto de El Palomar.

¿Una explicación? Uno puede regresar al país en dos tramos. Por ejemplo de Miami a Río de Janeiro y de Río de Janeiro por Flybondi a la Argentina. Y de esta manera ingresar una Toyota Hilux desarmada en valijas pagando solo el peso.

A partir de hoy, no se podrá hacer sin antes declarar que mercaderías trae del exterior. Y pagar impuestos. Y si la mercadería es ilegal, terminar preso.

También faltan estos controles para los viajes y regresos a Paraguay que trabajan marcas importadas sin restriccion.

Se zonificó como Aduana ya que empezó a operar vuelos internacionales a Paraguay y recientemente a Brasil.

La nueva norma fue publicada en el Boletín Oficial hoy, viernes 26 de julio de 2019, y señala que se «determina los límites de la Zona Primaria Aduanera del Aeropuerto Internacional El Palomar, en jurisdicción de la Dirección Aduana de Ezeiza».

Y se excluyen los polvorines que se encuentran en la Base Aérea Militar.

La Resolución del Gobierno Nacional aclara que Aeropuertos 2000 «deberá proveer la cartelería y señalética necesaria,relacionada con el ingreso y egreso de los pasajeros al Territorio Aduanero, así como su movimiento dentro de la Zona Primaria Aduanera».

También deberá colocar puntos geo referenciales visibles.

La resolución fue firmada por el Administrador Federal de Ingresos Públicos, Leandro Germán Cuccioli, y es de aplicación inmediata.

Acá, el texto completo de la Ley 25.986 sobre qué es una Zona Primaria Aduanera y que facultadas tiene el estado:

Controles:

1. En la zona primaria aduanera el ingreso, permanencia, circulación y salida de personas y de mercadería deben efectuarse con la previa autorización y bajo la supervisión del servicio aduanero, el cual determinara los lugares, las horas y los demás requisitos correspondientes.

La autorización y supervisión aduaneras también serán necesarias en esta zona para efectuar trabajos de cualquier índole en o con la mercadería, desde su simple manipuleo hasta su transformación.

2. En la zona primaria aduanera, sin perjuicio de sus demás funciones y facultades, el servicio aduanero, sin necesidad de autorización alguna, podrá:

B) detener personas y mercadería, incluidos los medios de transporte, a fin de proceder a su identificación y registro. Asimismo podrá adoptar todas las medidas pertinentes para lograr la detención o retención de los medios de transporte, en casos debidamente justificados, y proceder a su visita e inspección de su carga, en cualquier condición o lugar en que esta última se encontrare.

B) Allanar y registrar depósitos, locales, oficinas, moradas, residencias, domicilios y cualesquiera otros lugares.

C) interdictar y secuestrar mercadería, en especial libros, notaciones, documentos, papeles u otros comprobantes, pero los documentos y papeles privados sólo podrán serlo cuando estén directa o indirectamente vinculados al tráfico internacional de mercadería.

D) Inhabilitar preventivamente los instrumentos de medición y de control de bienes utilizados en operaciones de comercio exterior ante la detección de irregularidades en los mismos, hasta que fueran subsanadas.

En los supuestos previstos en los incisos a) y c) del apartado 1, la mercadería interdicta o secuestrada deberá ser puesta a disposición de la autoridad competente dentro de las 48 horas.

Si se tratare de personas detenidas por hallarse incursas presuntamente en algún delito aduanero, la detención deberá comunicarse inmediatamente a la autoridad judicial competente, poniéndolas a su disposición dentro de las 48 horas.

Haciendo click ACA accedés a la Resolución firmada y publicada hoy en Boletín Oficial de la República Argentina.

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