La Justicia decidió revocar el desalojo en la fábrica FATE de San Fernando, legitimando la permanencia de los trabajadores dentro del predio como una extensión del derecho constitucional a la huelga. La Sala II de la Cámara de Apelación y Garantías en lo penal de San Isidro rechazó el fallo de primera instancia que criminalizaba la protesta, estableciendo con claridad que la toma del establecimiento no constituye un delito de usurpación, sino una medida de acción directa derivada de un conflicto de índole estrictamente laboral.
Esta decisión judicial llega en un momento crítico, justo cuando el anuncio de cierre de la fábrica FATE y el despido de 920 operarios amenazan con generar una catástrofe social en la región. Los jueces Juan Stepaniuc, Luis Cayuela y Leonardo Pitlevnik fundamentaron por unanimidad que, ante el riesgo inminente de vaciamiento y la pérdida de la fuente de trabajo, la ocupación es un medio legítimo amparado por el artículo 14 bis de la Constitución Nacional para preservar los intereses colectivos de los trabajadores.
Un revés para la criminalización de la protesta sindical
La resolución de la Cámara de San Isidro desarmó el argumento del fiscal Marcelo Fuenzalida, quien había intentado impulsar el desalojo bajo la premisa de que el ingreso al establecimiento se realizó mediante «violencia y clandestinidad». Por el contrario, el tribunal validó la postura del Sindicato Único de Trabajadores del Neumático Argentino (SUTNA), liderado por Alejandro Crespo, al considerar que la permanencia en la fábrica FATE es una herramienta gremial necesaria ante el cese de actividades planteado por la patronal.
El fallo subraya que la expulsión forzosa de los operarios representaría un «gravamen irreparable», priorizando la protección del empleo por sobre la turbación de la posesión que alegaban los propietarios. Al definir la situación como un conflicto laboral y no penal, la Justicia suspende cualquier medida de fuerza pública mientras existan instancias de negociación abiertas, lo que otorga un respiro estratégico a las familias que sostienen el acampe desde el 19 de febrero.
El vencimiento de la conciliación obligatoria y el proyecto de ley
La legitimación judicial de la protesta ocurre en la antesala de una fecha clave: este miércoles 11 de marzo vence el plazo de la conciliación obligatoria dictada por la Secretaría de Trabajo. Al finalizar esta etapa administrativa, el SUTNA ha convocado a una movilización masiva en las puertas de la fábrica FATE bajo la consigna «¡FATE no se cierra!», exigiendo la reincorporación inmediata de todo el personal y denunciando que los empresarios no pueden evadir su responsabilidad social.
Ante la falta de soluciones por parte de la empresa, el sindicato ha llevado el reclamo a la Legislatura Bonaerense. El proyecto de ley presentado busca declarar la «ocupación temporal» de la planta bajo control estatal o de los trabajadores, argumentando que FATE es la única fábrica de neumáticos para camión y colectivo en todo el territorio nacional. Según el gremio, la producción es «estratégicamente necesaria e irremplazable» para el transporte de bienes y personas en el país, especialmente en un contexto de alta tensión logística a nivel global.
Radiografía del conflicto en FATE (Marzo 2026)
| Dato Clave | Detalle de la situación |
| Trabajadores afectados | 920 despidos directos (estimado de 5000 indirectos) |
| Estado Judicial | Desalojo revocado por la Cámara de San Isidro |
| Ubicación | Planta San Fernando, Provincia de Buenos Aires |
| Hito del miércoles | Vence la conciliación obligatoria y hay movilización |
| Propuesta Gremial | Control temporal del Gobierno Bonaerense |
Un fallo con impacto en la reforma laboral nacional
La sentencia de la Cámara de San Isidro no solo afecta a la fábrica FATE, sino que se lee como un mensaje político de resistencia frente a las reformas impulsadas por el Gobierno de Javier Milei. La actual gestión nacional ha buscado limitar el derecho a huelga y restringir la ocupación de empresas a través de nuevas normativas. Sin embargo, este fallo ratifica que los derechos constitucionales de los trabajadores siguen siendo un límite infranqueable para la justicia ordinaria.
La CGT y diversas organizaciones sociales han celebrado la resolución, reforzando el reclamo por el pago de los salarios adeudados de la última quincena. Mientras los operarios mantienen el festival y el visibilismo en la puerta de la planta, el debate sobre la soberanía productiva del neumático queda instalado en la agenda pública. El destino de mil familias depende ahora de que la política recoja el guante de un fallo judicial que, por primera vez en mucho tiempo, puso el derecho al trabajo por encima del derecho de propiedad.





