Nuevo giro en el caso Báez Sosa. A más de seis años del asesinato de Fernando Báez Sosa en la madrugada del 18 de enero de 2020, a la salida del boliche Le Brique en Villa Gesell, la causa vuelve a escalar en los tribunales. La defensa de Lucas Pertossi presentó un recurso extraordinario ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación para que se declare la nulidad de su condena a 15 años de prisión, en un movimiento que vuelve a sacudir el expediente judicial que parecía cerrado.
El planteo apunta a cuestionar tanto la valoración de la prueba como la estructura misma del juicio oral que terminó con cinco condenas a prisión perpetua y tres penas de 15 años como partícipes secundarios. Entre estos últimos fue ubicado Pertossi, cuya intervención fue considerada por el tribunal como parte del accionar grupal que culminó con la muerte del joven.
Involucrados en el caso Báez Sosa
Cómo quedaron las condenas en el caso Báez Sosa
El Tribunal Oral de Dolores impuso cinco perpetuas y tres penas de 15 años. Así quedó distribuida la responsabilidad penal:
| Nombre y Apellido | Rol en la sentencia | Calificación legal | Condena |
|---|---|---|---|
| Máximo Thomsen | Coautor | Homicidio doblemente agravado por alevosía y por el concurso premeditado de dos o más personas | Prisión perpetua |
| Ciro Pertossi | Coautor | Homicidio doblemente agravado | Prisión perpetua |
| Enzo Comelli | Coautor | Homicidio doblemente agravado | Prisión perpetua |
| Matías Benicelli | Coautor | Homicidio doblemente agravado | Prisión perpetua |
| Luciano Pertossi | Coautor | Homicidio doblemente agravado | Prisión perpetua |
| Lucas Pertossi | Partícipe secundario | Homicidio doblemente agravado | 15 años de prisión |
| Blas Cinalli | Partícipe secundario | Homicidio doblemente agravado | 15 años de prisión |
| Ayrton Viollaz | Partícipe secundario | Homicidio doblemente agravado | 15 años de prisión |

Diferencia entre prisión perpetua y 15 años en el caso Báez Sosa
La diferencia central entre las condenas dictadas en el juicio por el crimen de Fernando Báez Sosa radica en el grado de responsabilidad penal que el tribunal atribuyó a cada acusado.
Prisión perpetua
Los cinco condenados a perpetua fueron considerados coautores del homicidio doblemente agravado por alevosía y por el concurso premeditado de dos o más personas.
En términos jurídicos, esto significa que:
- El tribunal entendió que actuaron con dolo compartido (intención común).
- Participaron de manera directa y funcional en la agresión.
- Su intervención fue determinante en el resultado muerte.
- La figura penal no admite reducción de pena: la escala es prisión perpetua.
En Argentina, la perpetua no implica encierro literal de por vida, pero sí un cumplimiento mínimo muy elevado antes de poder acceder a beneficios.
15 años de prisión
Los tres condenados a 15 años fueron considerados partícipes secundarios del mismo delito.
Esto implica que:
- El tribunal no los ubicó como ejecutores directos del ataque letal.
- Su intervención fue considerada accesoria o complementaria.
- No se los señaló como autores principales del resultado muerte.
- La pena aplicada fue la correspondiente a participación secundaria.
La diferencia no está en el delito imputado —que es el mismo— sino en el rol y el grado de intervención que el tribunal consideró probado.
Por qué hoy vuelve a discutirse
El nuevo planteo judicial busca profundizar esa distinción. La defensa de Lucas Pertossi sostiene que su participación fue aún más limitada que la que el tribunal reconoció al imponerle 15 años.
En otras palabras, el debate actual no gira sobre la existencia del hecho, sino sobre cómo debe interpretarse la responsabilidad individual dentro de un ataque grupal.

La presentación ante el máximo tribunal introduce lo que en el ámbito judicial ya describen como un nuevo giro en el caso Báez Sosa, con el foco puesto en la garantía constitucional del derecho a defensa y en la supuesta arbitrariedad de la sentencia.
Durante el debate realizado en Dolores, la fiscalía sostuvo que existió un ataque coordinado y funcional, donde cada integrante cumplió un rol específico: algunos golpearon directamente a la víctima, otros bloquearon a sus amigos para impedir que lo auxiliaran y otros alentaron o respaldaron la agresión. Bajo esa figura de “coautoría funcional”, incluso quienes no ejecutaron golpes letales fueron considerados responsables del resultado final.
Sin embargo, la nueva estrategia defensiva intenta desarmar esa construcción colectiva. El recurso sostiene que no hubo prueba directa de contacto físico entre Pertossi y la víctima, que no se halló ADN ni sangre en su ropa o manos y que las imágenes lo muestran filmando parte del episodio y alejándose antes del desenlace fatal. Según esta interpretación, su intervención habría sido periférica y sin incidencia causal directa en la muerte.
Otro de los puntos sensibles del planteo es la crítica a la defensa original. Pertossi fue representado por el mismo abogado que defendió a los imputados condenados a perpetua. La nueva defensa sostiene que esa representación conjunta impidió desarrollar una estrategia diferenciada que explicara su conducta individual, lo que configuraría una “indefensión manifiesta”. Incluso se afirma que, por consejo profesional, no brindó una versión completa de lo ocurrido aquella madrugada.
En el escrito presentado ante la Corte Suprema se enumeran siete fundamentos técnicos para solicitar la nulidad del fallo: defecto grave en el razonamiento sobre el dolo; construcción de un relato que no coincidiría con las pruebas; contradicciones internas en la sentencia; irregularidades en la etapa inicial de imputación; afectación del principio de imparcialidad; imprecisión sobre la conducta atribuida; y violación del principio de congruencia entre acusación y condena.

El máximo tribunal no actúa como una tercera instancia ordinaria y solo interviene ante cuestiones federales o arbitrariedad manifiesta. Por eso, el desafío del recurso será demostrar que hubo una afectación concreta de garantías constitucionales. Si la Corte decide abrir el planteo, podría ordenar una revisión o incluso un nuevo juicio respecto de Pertossi; si lo rechaza, la condena quedará firme.
Así, el expediente vuelve al centro de la escena pública y judicial. Lo que comenzó como un brutal episodio de violencia a la salida de un boliche en la costa atlántica suma ahora un nuevo capítulo procesal que reconfigura el debate sobre responsabilidades individuales dentro de un ataque grupal.
El pedido para anular la condena de Lucas Pertossi vuelve a colocar el caso Báez Sosa en el centro de la escena judicial. Aunque la sentencia está firme, la intervención de la Corte Suprema podría abrir un nuevo capítulo en un expediente que marcó un antes y un después en la discusión sobre violencia grupal y responsabilidad penal en la Argentina.
La clave ahora está en si el máximo tribunal considera que existieron fallas constitucionales en el proceso. De aceptar el recurso, podría ordenarse una revisión parcial del fallo o incluso un nuevo juicio para uno de los condenados. Si lo rechaza, la condena quedará definitivamente consolidada.
Mientras tanto, el crimen de Fernando Báez Sosa vuelve a generar debate público, no solo por lo ocurrido aquella madrugada en Villa Gesell, sino por las consecuencias judiciales que todavía siguen abiertas. El expediente que parecía cerrado suma así un nuevo movimiento que mantiene en vilo a todas las partes involucradas.
El caso que conmocionó al país vuelve a moverse en tribunales y deja una pregunta abierta: ¿puede cambiar el destino judicial de uno de los condenados?





