Elecciones 2019 Cuándo Cobro: Autoridades de Mesa. Ya pasaron las PASO 2019 el 11 de agosto. Ahora vamos a la Elección General que se realiza el 27 de octubre. Y el eventual balotaje está programado para el 24 de noviembre.
Elecciones 2019 Cuándo Cobro: Autoridades de Mesa. Para las tres fechas hubo y hay hombres y mujeres mayores de 18 años que cumplieron y cumplirán funciones en los comicios.
Lo montos fueron preestablecidos. Las Autoridades de Mesa recibirán desde $900 hasta $1.900. Y los Delegados de cada lugar de votación cobrarán $3.000.
Cronograma de pago autoridades de mesa 2019
Las personas que se desempeñen como Autoridades de Mesa en los comicios «percibirán en concepto de viático» un total de 1.200 pesos por cada evento electoral. Y ese monto puede llegar a los $1.900 si realizaron las «actividades de capacitación reconocidas por la Justicia Nacional Electoral».
Pago Autoridades de Mesa 2019
Para saber cuándo cobras, tenés que hacer click 👉 ACA.
Se trata de la página web del Correo Argentino.
Correo Argentino: Pago Autoridades de Mesa Octubre 2019
Se va a desplegar esta ventana:
Pago Autoridades de Mesa
Si hacés click, en «Cronograma de Pagos» ( 👉 ACA), te aparecen los distintos comicios en que pudiste haberte anotado y por el cual cobras. Y ya figuran todo en la Opción «Consultar Mis Pagos».
Abrís «Consultar Mis Pagos», pones tu DNI, hacés click en el CAPTCHA y podés chequear en que estado se encuentra el dinero que tenés que percibir.
Para las Elecciones Generales del 27 de octubre, los ciudadanos que deseen ser Fiscales de Mesa pueden realizar el trabajo con el aval de un frente político. Y el frente político presentará a la Justicia Electoral el listado de los Fiscales 48 horas antes de los comicios.
Claro que estos fiscales no cobran por parte del Estado Nacional.
Ahora bien, el Fiscal es distinto a las Autoridades de Mesa. El Fiscal pertenece a un frente político. La Autoridad de Mesa fue designada o se inscribió ante el Estado Nacional.
El fiscal puede entregar las boletas del partido a las Autoridades de Mesa; solicitar la revisión del cuarto oscuro las veces que lo considere necesario; revisar el escrutinio y recurrir votos, reclamar ante irregularidades; firmar y revisar que estén completos y correctos los datos del acta de escrutinio y el telegrama.
A su vez, los fiscales no deben realizar tareas de las Autoridades de Mesa. Darles instrucciones o completar datos en documentos oficiales. Tampoco pueden asistir a los electores ni realizar el escrutinio de la mesa.
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