El gobierno busca

Luego de 360 retiros voluntarios, el gobierno busca despedir a todos los trabajadores de Telam bajo un Procedimiento Preventivo de Crisis.

El gobierno busca despedir a todos los trabajadores de Telam y para ello extendió hasta el 31 de mayo el período para adherir al plan de «retiros voluntarios», anunciado cuando Milei anunció el cierre de la Agencia de Noticias.

El interventor, Diego Chaer, ya pidió la urgente implementación del Proceso Preventivo de Crisis, para desvincular al resto de los trabajadores.

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En total se adhirieron unos 360 trabajadores, lo que representa el 50% del personal en tres meses.

Ahora busca despedir al 82% del personal de Télam, por lo que aún queda el 32% de los trabajadores que quiere desvincular de la agencia.

Una vez que se ingrese en el Proceso Preventivo de Crisis el gobierno estaría habilitado a pagar el 50% de lo que actualmente ofrecen a los empleados para que acepten el retiro.

Cabe destacar que fue el viernes 1 de marzo cuando el presidente Javier Milei anunció el cierre de la agencia estatal Télam y su justificación fue que “ha sido utilizada en las últimas décadas como agencia de propaganda kirchnerista”.

Su portavoz, Manuel Adorni, había señalado que la decisión se limitó a cumplir con una promesa de campaña y “no tiene nada que ver ni con el pluralismo de la información o de los medios ni con cuestiones que tengan que ver con la libertad de prensa”.

Asimismo habían aducido pérdidas por valor de 20.000 millones de pesos en un año.

El Procedimiento Preventivo de Crisis (PPC) es un recurso contemplado por la Ley de Empleo 24.013 que permite a las empresas suspender o despedir personal ante una disminución del trabajo por fuerza mayor o por causas no imputables al empleador.

¿A quién está dirigido?

Empleadores/Empresas cuando se afecte:

  • a más del 15% de los trabajadores en empresas de menos de 400 trabajadores;
  • a más del 10% en empresas de entre 400 y 1.000 trabajadores;
  • a más del 5% en empresas de más de 1.000 trabajadores;
  • y en el caso previsto en el Capítulo V Artículo 20 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004)
  • Representaciones sindicales con personería gremial

¿Qué necesito?

  • El tramite es gratuito, pero se necesitan datos de la empresa, denominación, actividad, acreditación de la personería del solicitante, domicilio real y constituido ante la autoridad administrativa del trabajo;
  • Denuncia del domicilio de la empresa donde efectivamente cumplen tareas los trabajadores a los que afectan las medidas;
  • Relación de los hechos que fundamentan la solicitud;
  • Las medidas a adoptar, fecha de iniciación y duración de las mismas en caso de suspensiones;
  • La cantidad de personal que se desempeña en la empresa y el número de trabajadores afectados, detallando respecto de estos últimos nombre y apellido, fecha de ingreso, cargas de familia, área donde revista, categoría, especialidad y remuneración mensual;
  • El convenio colectivo aplicable y la entidad gremial que representa a los trabajadores;
  • Los elementos económico-financieros probatorios tendientes a acreditar la situación de crisis. Será obligatoria la presentación de los estados contables correspondientes a los últimos tres años, los que deberán estar suscriptos, por contador público y certificados por el respectivo Consejo Profesional. Las empresas que ocupen a más de quinientos (500) trabajadores deberán acompañar el balance social;
  • En caso de contar con subsidios, exenciones, créditos o beneficios promocionales de cualquier especie otorgados por organismos del Estado Nacional, Provincial o Municipal, deberá adjuntarse copia certificada de los actos y/o instrumentos que disponen los mismos;
  • Las empresas que cuenten con más de cincuenta (50) trabajadores deberán cumplir, además, con lo dispuesto por el Decreto Nº 2072/94. o los contemplados en el Decreto Nº 328/88, según el trámite que corresponda.
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