El Sindicato Municipal de Morón participó del corte en la Ruta 197 y la Panamericana

El sindicato municipal acompañó la convocatoria de la Regional Conurbano Norte 5B de FESIMUBO y reafirmó su adhesión al plan de lucha que, según expresó, comenzó en Morón. También reclamó que se convoque al Consejo Provincial del Empleo Municipal y que se cumpla la Ley 14.656.

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El Sindicato de Trabajadores Municipales de Morón, Ituzaingó y Hurlingham (STMMIH) informó que se movilizó y participó del corte realizado en la Ruta 197 y la Panamericana, en la provincia de Buenos Aires. La actividad fue convocada por la Regional Conurbano Norte 5B de la Federación de Sindicatos Municipales Bonaerenses (FESIMUBO).

La Regional 5B de la Federación de Sindicatos Municipales Bonaerenses (FESIMUBO) articula el armado gremial de 14 distritos clave que abarcan la zona norte y noroeste del conurbano, el corredor productivo y parte de la Segunda Sección electoral: San Martín; Tres de Febrero; Vicente López; San Isidro; San Fernando; Tigre; Pilar; San Miguel; José C. Paz; Malvinas Argentinas; Campana; San Pedro; Ramallo y San Nicolás.

El cruce de la Ruta Provincial 24 (conocida históricamente como Ruta 197, o Av. Hipólito Yrigoyen) y la Autopista Panamericana (Ramal Campana) está ubicado en la localidad de El Talar, dentro del municipio de Tigre y circulan entre circulan en promedio entre 100.000 y 130.000 vehículos diarios, sumando tanto la traza de la autopista como los movimientos locales del cruce.

A través de un comunicado, la organización reafirmó su compromiso con el plan de lucha iniciado en Morón, al que definió como “total, prolongado y permanente”. También expresó su respaldo a la convocatoria de Hernán Doval, a quien identificó como “único conductor de los trabajadores municipales”.

Doval es un dirigente político y sindical bonaerense, referente de los trabajadores municipales de la provincia de Buenos Aires. Actualmente es el Secretario General de la Federación de Sindicatos Municipales Bonaerenses (FESIMUBO) y del Sindicato de Trabajadores Municipales de Avellaneda (STMA).

En su paso como diputado provincial de la provincia de Buenos Aires (por la Tercera Sección Electoral, período 2013–2017), fue el autor e impulsor de la Ley Provincial 14.656 (sancionada a fines de 2014). Esta normativa marcó un quiebre para el sector, ya que derogó la histórica Ley 11.757 (el viejo estatuto municipal de la década del 90) e introdujo por primera vez el derecho a paritarias y convenios colectivos de trabajo obligatorios para los empleados comunales bonaerenses.

El reclamo por la Ley 14.656

Entre los reclamos, el Sindicato de Trabajadore de Morón pidió la convocatoria inmediata al Consejo Provincial del Empleo Municipal y el cumplimiento de la Ley 14.656. El sindicato sostuvo que los derechos de las trabajadoras y los trabajadores municipales “se defienden con organización, unidad y presencia en la calle”. El comunicado cerró con la consigna “Siempre municipales, siempre con vos”.

Ley 14.656: qué derechos establece para los trabajadores municipales bonaerenses

Sancionada en noviembre de 2014 y publicada en enero de 2015, la norma derogó la Ley 11.757 y estableció un marco para las relaciones laborales en los municipios de la provincia de Buenos Aires. Entre sus ejes están la negociación colectiva, la estabilidad en el empleo y un límite para el personal contratado.

Conocida como Ley de Paritarias Municipales y también como Ley Doval, la Ley 14.656 regula las relaciones laborales de los trabajadores municipales bonaerenses. Dispone que cada municipio las encuadre mediante ordenanzas y convenios colectivos, y establece que su régimen marco contiene derechos mínimos de orden público.

La norma derogó la Ley 11.757, el estatuto municipal anterior. Esa legislación había sido cuestionada por organizaciones gremiales, que señalaban que habilitaba condiciones laborales precarias y otorgaba amplias facultades al empleador en la administración del personal.

El corte afectó a miles de conductores. Los municipales reclaman muchas cosas, entre ellas la Mesa Paritaria.
El corte afectó a miles de conductores. Los municipales reclaman muchas cosas, entre ellas la Mesa Paritaria.

Negociación colectiva y estabilidad laboral

La ley establece un sistema de negociación colectiva entre los municipios y las organizaciones sindicales representativas. En las negociaciones intervienen gremios con personería gremial, inscripción vigente y representación en el ámbito correspondiente. Las partes deben negociar de buena fe, concurrir a las audiencias debidamente convocadas y realizar esfuerzos para alcanzar acuerdos.

Los convenios pueden regular salarios y otras condiciones de trabajo. Una vez firmados, deben remitirse al Ministerio de Trabajo provincial para su registro y publicación; luego rigen para el personal comprendido en el acuerdo. La ley exige negociar, pero no garantiza que las partes alcancen un convenio.

En materia de estabilidad, fija en 12 meses el plazo para que un nombramiento provisional se consolide, siempre que no exista una oposición fundada y debidamente notificada. También dispone que las sanciones más graves requieren un sumario administrativo previo y garantías de debido proceso.

La norma estableció, además, que el personal contratado no podía superar el 20% de la planta permanente. El cumplimiento de ese límite debía alcanzarse de manera progresiva, en un plazo máximo de cinco años desde la entrada en vigencia de la ley.

El régimen supletorio y el Consejo del Empleo Municipal

Para los municipios que no hubieran aprobado una ordenanza sobre empleo municipal o firmado un convenio colectivo dentro de los 180 días posteriores a la entrada en vigencia, la ley previó un régimen supletorio. Ese apartado incluye reglas sobre condiciones laborales, licencias —entre ellas, por violencia de género y por tratamientos de fertilización asistida— y régimen disciplinario.

La norma también creó el Consejo del Empleo Municipal, un órgano consultivo y asesor, de carácter no vinculante, con representación empleadora y sindical. Entre sus funciones están elaborar recomendaciones, evacuar consultas y producir información sobre el empleo municipal.

En términos sindicales, la ley modificó el marco de discusión de salarios y condiciones laborales: incorporó la negociación colectiva entre municipios y sindicatos, con reglas para formalizar los acuerdos mediante convenios.

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