La Justicia de Morón comenzó a preparar al personal de la Policía Bonaerense para la entrada en vigencia del nuevo Régimen Penal Juvenil. La modificación más importante será la incorporación de los adolescentes de 14 y 15 años al sistema de responsabilidad penal, cuando sean acusados de cometer un delito después de la puesta en marcha de la norma.
Las primeras jornadas estuvieron destinadas a jefes y efectivos de las estaciones policiales de Morón e Ituzaingó. La capacitación en Morón estuvo a cargo del fiscal Gabriel Crudo Iturri, mientras que la realizada en Ituzaingó fue encabezada por Guillermo Rodríguez Rey. Ambos son responsables de la Fiscalía de Responsabilidad Penal Juvenil N° 1 del Departamento Judicial Morón.
La actividad fue coordinada entre autoridades del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires y el Ministerio Público Fiscal. La semana próxima está previsto que las capacitaciones alcancen al personal policial de Hurlingham y Merlo, los otros dos distritos comprendidos dentro del mismo Departamento Judicial.

Qué cambia desde el 5 de septiembre
La Ley 27.801, publicada en el Boletín Oficial el 9 de marzo de 2026, estableció un plazo de 180 días para su entrada en vigencia. De acuerdo con ese cómputo, el nuevo régimen comenzará a aplicarse desde el 5 de septiembre de 2026 y reemplazará a la antigua Ley 22.278.
La norma alcanzará a los adolescentes desde los 14 años y hasta antes de cumplir los 18, teniendo en cuenta la edad que tenían en el momento de cometer el hecho. Esto significa que los jóvenes de 14 y 15 años, hasta ahora no punibles por su edad, podrán ser investigados, imputados, juzgados y eventualmente condenados por hechos cometidos desde la entrada en vigencia de la ley.
El nuevo régimen también elimina la exclusión que existía para determinados delitos de menor escala penal cometidos por adolescentes. Sin embargo, la incorporación al sistema penal no significa que todos los acusados vayan a ser automáticamente privados de su libertad.
Ser punible no significa quedar detenido
La Ley 27.801 contempla diferentes respuestas judiciales. Entre ellas aparecen la amonestación, la prohibición de acercarse a la víctima, la restricción para concurrir a determinados lugares, la prestación de servicios comunitarios, el monitoreo electrónico, la reparación del daño y la participación en programas educativos, laborales o terapéuticos.
Para los delitos cuya pena prevista sea de hasta tres años de prisión, y cuando se cumplan las demás condiciones legales, el encierro deberá ser reemplazado por alguna de las sanciones alternativas. En determinados casos con escalas superiores también podrá evitarse la privación de la libertad, siempre que no haya existido muerte, violencia física o psíquica grave y se reúnan los requisitos establecidos.
Cuando un juez considere indispensable el encierro, podrá disponer que la medida se cumpla en el domicilio, en un instituto abierto o en un instituto especializado de detención. La ley prohíbe expresamente las penas de prisión perpetua para adolescentes y fija un máximo de 15 años para las sanciones privativas de la libertad.

Cómo deberá actuar la Policía
La capacitación busca que los policías conozcan las garantías que deberán respetar ante la aprehensión de un adolescente. La nueva norma establece que el acusado debe recibir asistencia jurídica desde el comienzo del procedimiento, ser informado en un lenguaje comprensible sobre el delito atribuido y conocer su derecho a guardar silencio.
La autoridad judicial también deberá comunicar inmediatamente la intervención a los padres o responsables del adolescente. El proceso tendrá carácter reservado y estará prohibido publicar su nombre, fotografía, domicilio, parentescos o cualquier otro dato que permita identificarlo.
Si el adolescente permanece detenido, aunque sea transitoriamente, deberá ser ubicado en una dependencia especialmente acondicionada y separado de las personas adultas. Tanto los policías como los trabajadores de los institutos deberán contar con preparación específica para intervenir con jóvenes en conflicto con la ley penal.
La pregunta sin respuesta: dónde serán alojados
El principal problema operativo aparece cuando un juez dispone una medida de encierro. La ley ordena que los adolescentes sean alojados en establecimientos especializados, con personal capacitado y sin contacto con detenidos adultos. Las comisarías comunes y las unidades penitenciarias destinadas a mayores de edad no cumplen esas condiciones.
La ampliación de la edad de punibilidad puede generar un incremento de las causas y de la cantidad de adolescentes sometidos a medidas restrictivas. Antes de la entrada en vigencia del nuevo régimen, la Provincia ya tenía 55 menores de 16 años privados de su libertad mediante medidas de seguridad, según informó José Luis Zerillo, subsecretario de Responsabilidad Penal Juvenil del Organismo Provincial de la Niñez y Adolescencia.
La incógnita no pasa solamente por la existencia de institutos, sino por la cantidad real de vacantes, su distribución territorial y la posibilidad de recibir a adolescentes provenientes del Departamento Judicial Morón. Hasta el momento no se difundió un relevamiento público y actualizado que permita conocer cuántas plazas estarán efectivamente disponibles el 5 de septiembre.
La Provincia construye 100 nuevas plazas en Abasto
No es exacto afirmar que la Provincia no comenzó ninguna obra. El Gobierno bonaerense informó oficialmente que está construyendo cinco módulos en el complejo Villa Nueva Esperanza, ubicado en Abasto, partido de La Plata.
La intervención comprende una superficie de 8.361 metros cuadrados, una enfermería, consultorios médicos, espacios educativos y cinco sectores de alojamiento con capacidad para incorporar 100 nuevas plazas. También fueron anunciadas recuperaciones de edificios dentro del mismo predio y ampliaciones en establecimientos ubicados en Lomas de Zamora y La Matanza.
Las entregas fueron proyectadas de manera escalonada entre julio de 2026 y comienzos de 2027, de acuerdo con declaraciones de autoridades provinciales. Sin embargo, no existe una confirmación pública sobre cuántos de esos lugares ya están habilitados ni cuántos estarán disponibles cuando comience a regir la ley.
Un nuevo régimen con una implementación todavía abierta
La capacitación policial anticipa una transformación concreta: desde septiembre, una intervención por un delito cometido por un adolescente de 14 o 15 años ya no terminará necesariamente con una declaración inmediata de no punibilidad por edad. El joven ingresará al sistema penal especializado y su situación deberá ser resuelta por fiscales, defensores y jueces del fuero juvenil.
Pero la modificación legal exige algo más que capacitar policías y operadores judiciales. También requiere fiscales, defensores, equipos interdisciplinarios, supervisores, programas socioeducativos e institutos suficientes para cumplir las medidas dispuestas.
La Ley 27.801 permite que la Nación y las provincias celebren convenios para trasladar o alojar adolescentes en otra jurisdicción. Esa posibilidad puede funcionar como una respuesta ante la falta de vacantes, aunque también podría provocar que un joven sea enviado lejos de su familia y del tribunal que interviene en la causa.
El 5 de septiembre comenzará a funcionar el nuevo sistema penal juvenil. En Morón, Ituzaingó, Hurlingham y Merlo, la Policía ya empezó a prepararse. La respuesta que todavía falta conocer es dónde serán alojados los adolescentes si la cantidad de órdenes judiciales supera los lugares especializados disponibles.





