Ley Nacional de

El Gobierno publicó en el Boletín Oficial los cambios en la Ley Nacional de Tránsito que incluyen modificaciones en las licencias de conducir, VTV, peajes, autos importados y más.

Hoy te contamos cuáles son los cambios más importantes de la Ley Nacional de Tránsito que tenés que tener en cuenta para saber acerca de la validez de las licencias, los trámites para propietarios y las revisiones técnicas entre otros.

Cabe destacar que al estar modificando una Ley Nacional, requiere que tanto provincias como municipios deban decidir adherirse a esta normativa para que tenga validez en sus respectivas jurisdicciones.

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De los 11 puntos que se modifican uno ya se había adelantado y era el referido a la simplificación del trámite por el cual se pueden homologar trailers y casas rodantes. Ahora, se agregan también los mismos requisitos simplificados para la importación. Para ellos se crea un nuevo documento llamado Certificado de Seguridad Vehicular (CSV).

Las reformas aplicadas son:

Importación de autos automática más simple

Se facilita la importación de vehículos en general. Las importaciones en serie, que hasta ahora necesitaban la Licencia de Configuración de Modelo (LCM) y la Licencia de Configuración Ambiental (LCA) ya no será necesaria siempre y cuando sean vehículos que provengan de los considerados “mercados de alta vigilancia”. En ese caso, con la sola presentación de las certificaciones internacionales reconocidas, las mismas Trans-WP29-343, esos vehículos quedarán automáticamente homologados.

Para el caso de los autos que no se importarán en serie, se podrá gestionar el Certificado de Seguridad Vehicular (CSV) creado también para importar trailers, remolques y casas rodantes.

Importación libre de autopartes

Se libera la importación de todo tipo de autopartes vehiculares. Ya no será exigible el Certificado de Homologación de autopartes de Seguridad (CHAS).

Eliminación de LiNTI para choferes profesionales

Se elimina la Licencia Nacional de Transporte Interjurisdiccional (LiNTI). Las licencias profesionales de conducir clases C, D y/o E, emitidas por las jurisdicciones que adhieran a las normas de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), tendrán validez para el transporte entre las distintas jurisdicciones.

Desregulación de las Revisiones Técnicas

Apertura de las Revisiones Técnicas Obligatorias (RTO), también llamadas Verificación Técnica Vehicular (VTV) o Inspección Técnica Vehicular (ITV) en distintas jurisdicciones. Siempre que se cumpla con los requisitos a nivel técnico y de instalaciones, se podrán registrar nuevos espacios privados donde hacer las inspecciones.

Las RTO, tanto las plantas de autos particulares como las de transporte pesado, de cargas y pasajeros, no tendrán una tarifa única oficial en las jurisdicciones que adhieran a esta reforma de la Ley Nacional de Tránsito.

Rutas Nacionales con peaje automático

Las rutas nacionales adoptarán peajes libres de cabinas y con cobro automático. Este programa tendrá un modo de aplicación progresivo que consta de tres etapas.

  • La primera etapa, que llegará hasta el 31 de diciembre de 2025, al menos una cabina de cada estación de peaje de las rutas nacionales tendrá que tener el sistema de cobro automático conocido como Telepase.
  • La segunda etapa, que finaliza el 31 de diciembre de 2026, al menos la mitad de los peajes de todas las rutas nacionales tendrán que tener paso libre tipo “free flow”, sin cabina, y la otra mitad con cabinas pero sin barrera y con pago automático.
  • El 30 de junio de 2027, todas las rutas nacionales deberán tener exclusivamente sistemas free flow.

Incorporación de la conducción autónoma

Permite a la circulación de vehículos de conducción autónoma. Si bien todavía el sistema de conducción autónoma en todo el mundo apenas está llegando a aceptar el Nivel 3 (de una escala de cinco niveles), esto sólo ocurre en muy pocos tramos de ciertas rutas en Alemania, Japón y algunos estados norteamericanos.

Licencia de conducir sin vencimiento

La Licencia Nacional de Conducir será digital y no tendrá vencimiento. Sólo se requerirá una renovación del estado psicofísico de los conductores, el cual podrá ser emitido sólo por profesionales de organismos públicos o privados, que estén registrados para realizar esa certificación. Dicha actualización de los datos psicofísicos será necesaria a cada 5 años. Quienes tengan más de 65 años y menos de 70, deberán hacerla cada 3 años. Los mayores de 70 años lo harán anualmente.

Eliminación de la renovación inicial

Se elimina la obligación de renovación al cumplirse el primer año de la licencia de conducir inicial. Si en el transcurso de los dos primeros años un conductor comete infracciones graves, se puede suspender su licencia y el conductor tendrá que rendir el examen completo para recuperarla.

Eliminación de la renovación ante cambio de domicilio

Quedará eliminada también la obligación de renovar la licencia ante un cambio de jurisdicción en el domicilio del titular. El cambio regirá dentro de los próximos 90 días, durante los cuales se emitirá una disposición explicativa para las licencias particulares que no están incluidos en el decreto publicado este martes.

Elevación de estándares de seguridad

Tanto en importaciones de autopartes y cascos de motos. En ambos casos se establecen normas IRAM como estándares de calidad mínima en elementos de seguridad en general y en cascos de motocicletas en particular, promoviendo una circulación más segura en la vía pública.

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