
Elecciones 2023: ¿Qué pasa si no voy a votar? En Argentina el voto es obligatorio para todos los electores, pero ¿Qué pasa si ese día no puedo ir a votar? ¿En qué casos está justificado?
Elecciones 2023: ¿Qué pasa si no voy a votar? Este domingo 13 de agosto se llevarán adelante las Elecciones Primarias, Abiertas y Obligatorias en la que se definirán los candidatos para las Elecciones Generales de octubre.
Tenés que saber que si sos mayor de 18 años y menor de 70, y no podés justificar ante la Justicia Nacional Electoral por qué no emitiste tu voto, te corresponde una multa económica y se te incorporará en el Registro de Infractores al deber de votar.
Además, no podrás ser designada o designado para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años a partir de la elección.
Quien no pague la multa no podrá realizar gestiones o trámites ante los organismos estatales nacionales, provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires durante un año.
¿Quiénes están exceptuados de asistir a votar?
- Si el día de los comicios te encontrás a más de 500 kilómetros de distancia del lugar donde tenés que votar y justificás ante la autoridad policial más próxima que esa situación obedece a motivos razonables.)
- Si estás enfermo o imposibilitado de asistir al establecimiento de votación por razones de fuerza mayor suficientemente comprobadas y justificadas ante médicos del servicio de sanidad nacional.
- Si sos parte de un organismo o empresa de servicios públicos y por razones relacionadas al cumplimiento de funciones estás impedido de asistir a votar.
- Si sos juez o auxiliar y por disposición del Código Electoral Nacional tenés que asistir a tu oficina y mantenerla abierta durante los comicios.
¿Qué sucede si no puedo asistir al establecimiento el día de la votación?
Debés acercarte con tu DNI a la comisaría más próxima del lugar en el que te encuentres, y allí tenés que pedir una certificación escrita que justifique tu imposibilidad de votar. El certificado tenés que presentarlo dentro de los 60 días de celebrada la elección, ante el Juzgado Federal con Competencia Electoral del distrito que te corresponda.
Si estoy cursando alguna enfermedad y no puedo ir a votar, ¿qué debo hacer?
En este caso debés justificarlo el mismo día de la elección por medio de un certificado expedido por un hospital público nacional, provincial o municipal, y en ausencia de éstos, por una o un profesional de la salud particular. En este caso también tenés que presentar tu certificado dentro de los 60 días de celebrada la elección, ante el Juzgado Federal con Competencia Electoral del distrito que te corresponda.
Cabe destacar que si no votastre en las P.A.S.O igualmente podés votar en las generales siempre y cuando figures en el padrón electoral. Además, tenés el derecho y la obligación de realizarlo en las elecciones generales del 22 de octubre.
