
Vergonzoso: Por el Caso Lucía Pérez van a juicio los magistrados que absolvieron a los acusados. Se trata de los jueces Juan Facundo Gómez Urso y Pablo Viñas, quienes en noviembre de 2018 absolvieron a los tres acusados de abuso y femicidio: Matías Farías, Juan Pablo Offidani y Alejandro Maciel.
Vergonzoso: Por el Caso Lucía Pérez van a juicio los magistrados que absolvieron a los acusados. Pese a la absolución, en 2020, el fallo fue revocado por la Cámara de Casación.
Por lo tanto, dos jueces del Tribunal Oral Criminal N° 1 de Mar del Plata que absolvieron a los acusados de abuso sexual y femicidio de la adolescente Lucía Pérez (16), cometido en 2016 en la ciudad balnearia, fueron suspendidos hoy provisoriamente en sus funciones para ser sometidos a un jury por decisión unánime del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados de la Provincia de Buenos Aires.
En la audiencia realizada hoy martes y que presidió la magistrada de la Suprema Corte Bonaerense Hilda Kogan, se hizo lugar a la acusación contra los jueces Juan Facundo Gómez Urso y Pablo Viñas, quienes en noviembre de 2018 absolvieron a Matías Farías (26), Juan Pablo Offidani (45) y Alejandro Maciel (62) del femicidio de Lucía, resolución que el año pasado fue revocada por la Cámara de Casación.
Ahora, con la suspensión provisoria de los magistrados, deberán presentarse las respectivas pruebas para dar inicio al juicio público, cuya fecha aún no fue dispuesta, para establecer si se los destituye o no de sus cargos.
Además de la suspensión de los magistrados, el Jurado resolvió también que se le embargue el 40 por ciento de los sueldos.
En una extensa resolución en la que el Jurado plasmó los argumentos de las partes acusadoras y la defensa de los magistrados, consideró que “existen elementos para, a primera vista, considerar verosímil las imputaciones endilgadas” a los magistrados.
Agregaron que “el esfuerzo de la defensa en pos de una diversa interpretación de los fundamentos dados en la sentencia dictada por los enjuiciados no alcanzaría, por ahora, para enervar los cargos endilgados en la acusación”.
En tanto, la acusación de la Comisión Bicameral de Enjuiciamiento a Magistrados, indica que «la queja se relaciona con la resolución de libre absolución que beneficiara en el juicio oral a los autores de los delitos por el gravísimo delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por haber causado la muerte de la ofendida y habiendo sido favorecido por el suministro de estupefacientes».
«Dan cuenta las denuncias de manera concordante que la niña fue drogada, abusada sexualmente y asesinada, por lo que la sentencia dictada, lejos de ajustarse a derecho, evidencia una clara arbitrariedad, que deja impune el femicidio, de lo que demuestra con supina claridad la incompetencia e incumplimiento a los deberes del cargo de los juzgadores», señalaron los acusadores.
También consideraron que «se advierte que no existió justificación alguna para negar que en el suceso se hubiera producido un abuso sexual respecto de la menor, con los agravantes ya enunciados».
En el informe se cuestionó, además, que el TOC 1 se enfocó en «indagar en la personalidad, actitudes y comportamientos anteriores de la víctima, como su forma de relacionarse con los hombres, su vida social, su carácter y en distinguir la conducta de los imputados y a partir de allí, considerar si Lucía había consentido el acceso carnal».
Además de la Bicameral, los jueces fueron acusados por la Defensoría del Pueblo, los padres de Lucía, legisladores nacionales y el procurador General de la Suprema Corte de Justicia Bonaerense.
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