Más aperturas y menos
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Desde el Gobierno anunciaron más aperturas y menos restricciones entre las medidas que regirán hasta el 6 de septiembre. Claro que continúan en vigencia las medidas como la distancia mínima de dos metros entre personas, el uso de tapabocas y la ventilación de los ambientes.

Más aperturas y menos restricciones. Mirá el detalle:

Más aperturas y menos restricciones. En espacios cerrados:

  • La práctica de deportes, eventos sociales, culturales, recreativos y religiosos; y las actividades realizadas en cines, teatros, clubes, locales gastronómicos, centros culturales, gimnasios, casinos y bingos, con un aforo del 70 por ciento.
  • La asistencia a centros de día y clubes de adultos mayores con un aforo del 70 por ciento cuyos asistentes cuenten con el esquema completo de vacunación contra la Covid-19, y hayan transcurrido 14 días desde entonces.
  • Las reuniones sociales en domicilios particulares de hasta 20 personas.

Más aperturas y menos restricciones. En espacios abiertos:

  • La realización de excursiones y actividades turísticas de acuerdo a los protocolos y normativa vigente que se efectúen exclusivamente en transportes que permitan mantener ventilación exterior adecuada de manera constante y cruzada.
  • Las reuniones y actividades en espacios públicos de hasta 100 personas.
  • La autoridad jurisdiccional podrá disminuir el aforo establecido según los parámetros epidemiológicos y sanitarios.

Viajes

En el caso de los viajes grupales, las jurisdicciones podrán autorizar la realización en grupos de hasta 10 personas para actividades recreativas, sociales y comerciales, en tanto tengan como origen y destino aglomerados que no sean considerados en Situación de Alarma Epidemiológica y Sanitaria; que se realicen en base a los protocolos; que no incluyan pasajeros que hayan estado en el exterior durante los últimos 14 días o sean convivientes de quien revista tal condición; no hayan sido contacto estrecho de un caso confirmado de Covid-19 durante los 14 días previos al viaje, ni hayan tenido un diagnóstico positivo de Covid-19 en el mismo período.

Clases presenciales

Se mantendrán las clases presenciales y las actividades educativas no escolares presenciales en todo el país, dando efectivo cumplimiento a los parámetros de evaluación, estratificación y determinación del nivel de riesgo epidemiológico y condiciones establecidas en las Resoluciones: 364 del 2 de julio de 2020, 370 del 8 de octubre de 2020, 386 y 387 ambas del 13 de febrero de 2021 del Consejo Federal de Educación, sus complementarias y modificatorias.

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Quedan permitidas en todo el país las siguientes actividades:

  • Eventos masivos, entendidos como todo acto, reunión o acontecimiento de carácter eventual, cuyo objeto sea artístico, musical, festivo o deportivo, capaz de producir una concentración de hasta 1000 asistentes.
  • Reuniones sociales en domicilios particulares de hasta 10 personas si se realizan en espacios interiores y de hasta 20 personas si se realizan al aire de libre.
  • Actividades y reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de hasta 100 personas.
  • Los gobernadores y el jefe de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en atención a las condiciones epidemiológicas y sanitarias, podrán disponer restricciones temporarias y focalizadas adicionales en los lugares bajo su jurisdicción.

En tanto, siguen prohibidas:

  • Viajes grupales de egresados jubilados y jubiladas y grupales de estudiantes o similares.
  • Actividades en discotecas, salones de fiestas, bailes, o actividades similares.

Más aperturas y menos restricciones. Actividades que se suspenden en aglomerados urbanos en situación de alarma epidemiológica y sanitaria por el término de nueve días:

  • La circulación nocturna de las personas, entre las 20 y hasta las 6 del día siguiente.
  • Eventos masivos (artísticos, musicales, festivos o deportivos).
  • Las actividades económicas, industriales, comerciales y de servicios en lugares cerrados con 50 por ciento de aforo.
  • Las actividades recreativas, culturales, religiosas y deportivas con 30 por ciento de aforo.

Medidas de fronteras:

  • Se estableció el cupo semanal de 11.900 plazas para argentinos y argentinas y residentes hasta el 6 de septiembre y, en adelante, un cupo semanal de 16.100 plazas si se habilitan nuevos corredores seguros.
  • Dentro de las plazas mencionadas, 700 pasajeros podrán ser priorizados por el Estado Nacional por razones de urgencia o para atender cuestiones esenciales impostergables o de representación oficial o diplomática, a los efectos de facilitar su viaje al país.
  • Sigue prohibido el ingreso de extranjeros.
  • Se eliminan las restricciones de vuelos directos por países con la posibilidad de habilitar vuelos especiales para facilitar el ingreso de argentinos desde esos países (Brasil, Chile, Reino Unido, etc.)
  • Los gobernadores podrán solicitar la apertura de nuevos corredores seguros (terrestres y/o aéreos) siempre que cuenten con protocolo aprobado por la autoridad sanitaria provincial
  • Dentro de los nuevos corredores seguros a implementar a partir del 6 de septiembre del 2021, y según la situación de cobertura de vacunación, sanitaria y epidemiológica en origen y en destino, los gobernadores podrán proponer la implementación de una experiencia piloto de ingreso de extranjeros provenientes de Chile y la República Oriental del Uruguay solo con esquemas completos de vacunación y cuarentena obligatoria.

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