¿Por qué no se puede revelar la identidad de los infectados con coronavirus?

Publicación

¿Por qué no se puede revelar la identidad de los infectados con coronavirus? Las leyes argentinas, señalan que la identidad de las casos confirmados solo puede ser dada a conocer con el consentimiento del infectado, caso contrario se estaría incurriendo en un delito.

¿Por qué no se puede revelar la identidad de los infectados con coronavirus? Los reportes diarios que brindan desde el Ministerio de Salud de la Nación, afirman cuánto casos confirmados de Coronavirus hay por día en el país. Luego, cada Municipio tiene al libertad de dar información de cuántos de esos casos pertenecen a sus distritos.

Sin embargo, nunca se brinda información acerca de quiénes son estas personas y es un hecho recriminado por la población que exige conocer su identidad y dónde viven. Sin embargo, eso no es posible, y, además, es un delito.

Desde la Agencia de Acceso a la Información Pública comunicaron que el tratamiento de información referida a la salud es una actividad que debe llevarse adelante respetando la privacidad de las personas, de acuerdo a la Ley 25.326 de Protección de Datos Personales.

Dicha ley establece que los datos de salud son una categoría de datos sensibles y en consecuencia merecen una protección más rigurosa por lo que la divulgación del nombre de un paciente que padezca de coronavirus requiere de su consentimiento.

En el caso de los establecimientos sanitarios y los profesionales de la salud pueden procesar y cederse entre sí datos de los pacientes, siempre y cuando cumplan con el secreto profesional, que rige aun después de finalizada la relación con el paciente.

Así, para usar la información del paciente con fines incompatibles con su tratamiento médico, se debe requerir su consentimiento pleno, libre e informado.

El Ministerio de Salud de la Nación y los ministerios provinciales pueden requerir, recolectar, cederse entre sí o procesar información de salud sin consentimiento de los pacientes, conforme a las competencias explícitas e implícitas que les hayan sido conferidas por ley (artículo 5, inciso 2 b y artículo 11, inciso 3 b – Ley 25.326).

Pero cualquier persona que considere que su privacidad o sus datos personales están siendo afectados por publicarse o darse a conocer puede realizar una denuncia ante la Agencia.

Ya desde el INADI habían pedido no estigmatizar a los infectados cuando se filtraba alguna identidad. Y es que de inmediato, los infectados se transformaban en chivos expiatorios, centro de escraches y malos tratos por parte de sus vecinos.

También podés seguirnos vía twitter haciendo click en: @diarioanticipos

Anticipos Diario

Noticias relacionadas

Despidos en el INTI: denuncian hasta 1.700 cesantías y alertan por cierre de sedes

Despidos en el INTI encendieron una alarma nacional tras la difusión de un audio interno, advertencias gremiales, un duro rechazo de mandos medios y...

Enfermedad de Chagas: 4 avances clave de la nueva vacuna argentina

Investigadores del CONICET han logrado avances significativos en el desarrollo de una vacuna contra la enfermedad de Chagas, una afección que, a pesar de...

Cayó la “Banda de Soldati” tras una persecución en Haedo y crece la preocupación por la inseguridad en Morón

La inseguridad volvió a golpear con fuerza en Morón y dejó una escena digna de una película policial: seis detenidos, dos vehículos involucrados, herramientas...

Grupo sanguíneo ultra raro: 6 casos clave detectados en el Hospital Posadas

La medicina argentina acaba de alcanzar un logro científico que posiciona al sistema público de salud en la vanguardia internacional. El Hospital Posadas confirmó...
spot_img
spot_img
spot_img
spot_img
spot_img