Qué comercios y servicios vuelven a funcionar. El viernes por la noche, entre los anuncios de la extensión de la cuarentena que realizó el presidente Alberto Fernández, también se anunció que nuevos rubros se incorporarían a las actividades exceptuadas.
Qué comercios y servicios vuelven a funcionar. Alberto Fernández, anunció que el aislamiento obligatorio tomado para prevenir la expansión el coronavirus seguirá hasta el 26 de abril, inclusive, pero también afirmó que se tratará de una «cuarentena administrada», es decir que se permitirán nuevas actividades.
Algunas de esas actividades correrán por cuenta de las provincias. Los gobernadores deberán presentarle una propuesta a Nación, que finalmente evaluará si es factible de ser aprobada o no.
Finalmente, el sábado, el Gobierno dio a conocer la lista de las nuevas actividades que se podrán realizar durante la cuarentena:
Bancos con atención al público: Será con turnos y las cajas estarán reservadas para jubilados y pensionados que no posean tarjeta de débito. Deberán concurrir según su último número de DNI.
El comprobante de turno servirá de constancia de circulación y será solicitado para ingresar a la sucursal.
Talleres de reparación de autos, motos y bicicletas: Podrán atender a quienes tengan autorización para circular, al transporte público, vehículos de las fuerzas de seguridad y fuerzas armadas y vehículos afectados a las prestaciones de salud.
Venta de autopartes: Únicamente bajo la modalidad de entrega puerta a puerta. No podrán realizar atención al público.
Gomerías: Incluye la fabricación de neumáticos; comercios de venta y reparación de los mismos para transporte público, vehículos de las fuerzas de seguridad y fuerzas armadas, vehículos afectados a las prestaciones de salud o con autorización para circular.
Librerías y productos de informática:Bajo la modalidad de entrega a domicilio sin atención al público.
Servicios para personas discapacitadas: Se permitirán prestaciones destinadas a personas con discapacidad y aquellas con trastorno del espectro autista. Los profesionales deberán portar copia del DNI de la persona bajo tratamiento y del Certificado Único de Discapacidad, o la prescripción médica correspondientes.
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